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¿En qué momento se causa del IVA en la importación de servicios prestados por no residentes en el país?

¿En qué momento se causa del IVA en la importación de servicios prestados por no residentes en el país?

Para poder responder la cuestión anterior debemos revisar la fracción IV del artículo 26 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en donde se precisa que el impuesto pagado en la importación en el caso del aprovechamiento en territorio nacional de servicios prestados en el extranjero por no residentes en el país se causa cuando se paguen efectivamente las contraprestaciones.

IV. En el caso de aprovechamiento en territorio nacional de servicios prestados por no residentes en el país, en el momento en el que se pague efectivamente la contraprestación.

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