NOTICIAS
![Cancelación de CFDI Global del RESICO Cancelación de CFDI Global del RESICO](https://fernandovanegas.com/wp-content/uploads/2021/12/Quien-emite-el-CFDI-en-caso-de-pago-de-dividendos-a-una-persona-moral-1024x631.jpg)
Cancelación de CFDI Global del RESICO
Regla 3.13.35
Para los efectos de los artículos 29-A, cuarto párrafo del CFF y 113-G, fracción V, segundo párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza podrán cancelar los CFDI globales que emitan, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que se expidió el CFDI.
Fernando Vanegas
0
Etiquetas: